Alrededor de 600 habitantes de la localidad de Sumapaz
se encuentran en alto riesgo por los deslizamientos de tierra, flujos
de lodo y deformación y agrietamiento del terreno en la vía que comunica
los corregimientos de La Unión con Tunal Alto.
La
situación tiene en riesgo la vida de los campesinos que se desplazan
diariamente por esta vía para asistir a la escuela, denunció la
Personería de Bogotá a raíz de la ola invernal.
Ante el llamado del ente de control, la Alcaldía Local y el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias (FOPAE)
restringieron el uso de la vía, aunque los campesinos se niegan a
acatar la medida argumentando que es la única alternativa que tienen
para transitar entre Cabrera, La Unión y Nueva Granada y comercializar sus productos agrícolas y ganaderos.
Lo mismo sucede con los niños del colegio Juan de la Cruz Varela,
quienes deben desplazarse por este lugar dos veces al día; un tramo en
el bus escolar y diez minutos a pie para hacer trasbordo.
Por iniciativa propia, la comunidad del sector llamado La Papelera - Huellas
hasta el predio de la familia Guchuvo, fue habilitado un paso en vigas
de madera, el cual puede desplomarse en caso de agudizarse la ola
invernal o generarse un deslizamiento de tierra severo.
Según una
veeduría adelantada por la Personería de Bogotá la vía presenta cuatro
tramos críticos en el sector de Huellas y entre el Tunal Bajo y Tunal
Alto. Estos sectores, por la inestabilidad del terreno, son
intransitables.
Dada la situación, la Personería Distrital
solicitó a la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) y al
Fopae realizar un estudio técnico para determinar la gravedad del
terreno; los resultados apuntan a la evacuación inmediata de algunas
fincas y no permitir el tránsito de vehículos, animales ni personas, por
encontrarse la vía en alto riesgo no mitigable.
Fopae recomendó
implementar sistemas adecuados para el manejo de las aguas; que las
entidades competentes ejecuten obras de mitigación de riesgo a lo largo
de la ladera existente, donde se localiza el tramo vial citado, y que
la Alcaldía Local adelante las acciones pertinentes para garantizar la
restricción del uso de la vía.
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